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ALERTA SAMeR SOBRE LA SITUACIÓN DE GESTACIÓN
POR SUSTITUCIÓN EN NUESTRO PAÍS.

Ante toda la información confusa, inexacta y malintencionada que se está difundiendo actualmente, con referencia a los tratamientos de gestación por sustitución, SAMeR - Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva- comunica lo siguiente:

La gestación por sustitución (GS) es una técnica de reproducción asistida que permite acceder a la maternidad y a la paternidad a muchas personas para quienes de otra manera no sería posible. Esta práctica encuentra sus orígenes a finales de los ´80 en EE. UU. y ha ido en aumento desde entonces. En esencia se trata de que una mujer con su pleno consentimiento decide ayudar a otra persona o pareja para llevar adelante el embarazo.

Son muchas las personas que no pueden gestar a sus propios hijos y es un requerimiento que así sea para acceder a realizar este tratamiento. Los pacientes que tienen indicación de GS son casos de mujeres sin útero, con malformaciones uterinas severas, con contraindicación de embarazo por alguna otra enfermedad, endometrios atróficos, endometriosis severa, fallas de implantación recurrentes o abortos a repetición. También los hombres solos o las parejas igualitarias masculinas tienen indicación de GS.

Las gestantes deben ser evaluadas tanto médica como psicológicamente para asegurar su bienestar físico y emocional. Es imprescindible que ya hayan sido madres y que tengan bajo riesgo obstétrico, considerando sus antecedentes y la cantidad de partos o cesáreas previas. Desde nuestra ética profesional consideramos que la gestante debe ser una mujer plena, solidaria y empática que desde su posibilidad gestacional se brinde a ayudar a quien lo necesita.

Debido a la lamentable ausencia de regulación nacional, es que SAMeR plantea a través de su Guía de ética 2024 principios y directrices que establecen lineamientos que permiten proteger y amparar los derechos y la dignidad de todas las personas involucradas en el proceso, incluyendo a los/as futuros/as padres/madres, a la gestante y al/la hijo/a nacido/a.

Se requiere que los participantes expresen su voluntad firmando consentimientos previos, libres e informados. En el caso de arrepentimiento, en cualquier instancia previa al momento de la transferencia embrionaria, los mismos son revocados y el tratamiento cancelado sin que haya perjuicio para la gestante.

Estos acuerdos entre gestantes y padres intencionales son éticamente aceptables en la medida en que se disponga de asesoramiento médico, psicológico y legal adecuado y detallado, resguardando la autonomía de los participantes.

La gestación por sustitución puede entenderse sólo desde la empatía y la sensibilidad con aquellas personas que han recorrido el camino largo y doloroso de la infertilidad. Los profesionales que trabajamos en GS hemos asistido a la conformación no sólo de familias sino de lazos entre padres, gestantes y sus propias familias. Muchos de estos lazos han perdurado en el tiempo y se han constituido en red de contención de ambas partes.

Desde SAMeR contemplamos la gestación por sustitución como uno de los tratamientos disponibles en el ámbito de la Reproducción Asistida, con el fin de ayudar a personas y parejas a formar una familia con hijos. Siempre desde el marco de la ética y de la reglamentación del ejercicio profesional de médicos, psicólogos y abogados, manteniendo nuestra solicitud de una pronta ley que encuadre esta práctica para el bienestar de todos los involucrados.

Atentamente,

 

Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva

samer@samer.org.ar - www.samer.org.ar